En México, los trabajadores tienen derecho a un bono anual denominado aguinaldo, de acuerdo al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Esta es una forma de que los empleadores muestren su agradecimiento a los trabajadores por todo su arduo trabajo durante todo el año.
Esta es una prestación que está vigente en nuestro país desde 1970. Para un gran cantidad de trabajadores, este bono es considerado el más esperado debido a las fechas en las que se otorga.
Hay muchos factores que deben tenerse en cuenta al calcular uno, y este artículo lo ayudará a comprender esos puntos para que sepa por dónde comenzar al calcularlos:
Todos los trabajadores del condominio que estén en la nómina tienen derecho a esta prestación conforme a la ley. Incluso las personas que ya no laboren en la empresa desde antes de diciembre se les otorgará la bonificación proporcional.
El pago de esta prestación no puede ser menos al equivalente monetario de 15 días de trabajo por el total del año trabajado y es obligatoria otorgarlo antes del 20 de diciembre.
Todo trabajador en condominios o fraccionamientos deberá recibir esta prestación proporcionalmente al periodo de tiempo trabajado durante todo el año vigente.
Para calcular la retención del Impuesto sobre la renta en el aguinaldo, se deben aplicar las tarifas de ISR al total de percepciones gravadas del mes de diciembre. En este cálculo, solo debemos de sumar el aguinaldo a los otros ingresos que el trabajador percibe normalmente. Una vez realizada la suma, debemos aplicarle al total la tarifa contenida en el Artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Al momento de calcular el aguinaldo, es importante que tengas en cuenta los siguientes consejos y recomendaciones:
En resumen, calcular el aguinaldo es una obligación que además es de gran beneficio para los trabajadores de condominios. Si no crees contar con la habilidad para calcular este bono, te sugerimos solicitar asesoría.