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¿Cómo cobrar a morosos en Condominios?

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La morosidad o los condóminos morosos es uno de los principales problemas que se enfrenta a la hora de administrar un condominio puesto que puede generar incómodos conflictos. ¿Existe un modo más adecuado e infalible de cobrar a morosos en Condominios? A continuación te lo decimos.

¿Qué es la morosidad?

De acuerdo con el artículo 55 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal el pago de la cuota de mantenimiento es una obligación de todos los condóminos. En este orden de ideas, la morosidad surge cuando dicha Cuota establecida en el Reglamento Interno se deja de pagar durante un periodo determinado de tiempo. 

En la nueva iniciativa de reforma a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal hecha por legisladores de Morena, se establece que un condómino es moroso cuando debe seis cuotas ordinarias o una extraordinaria.

El pago de la Cuota de Mantenimiento, un beneficio para la comunidad.

La Cuota de Mantenimiento es un pago mensual o extraordinario cuyo monto depende de los servicios o amenidades con los que cuente el inmueble. Dicha cuota está destinada para conservar en buen estado las áreas comunes, así que cubrirla en tiempo en forma es en beneficio de la comunidad.  

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¿Cómo actuar ante un condómino moroso?

Existen distintas estrategias que se pueden seguir, y elegir una u otra, dependerá de la situación en particular que se trate.

  • Diálogo.

Antes de pensar en cualquier movimiento, se debe intentar llegar a un acuerdo a través del diálogo. Entender los motivos por los cuales el condómino en cuestión no ha motivo cubrir el momento y tratar de llegar a un acuerdo civilizado para acordar una fórmula de pago viable. Si a pesar de esto la negativa sigue, ahora sí será momento de tomar medidas más drásticas.


  • Comunicación con la comunidad.

Cuando no hay respuesta por parte del condómino o bien, hay una respuesta negativa por alguna inconformidad y continúa acumulando recibos, se procede a tomar medidas más fuertes. El paso siguiente sería discutir con la Mesa Directiva o Asociación Vecinal las siguientes acciones tales como limitar su uso de las áreas comunes o algunos servicios que se cubran con dicha cuota.

  • Vía legal.  

Si la negativa persiste y no se ha podido llegar a un acuerdo, se puede presentar una Queja Condominal ante la PROSOC. Esta puede ser realizada por un condómino o el administrador, debido a violaciones a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles o al Reglamento Interno. El rol de la Procuraduría es servir de conciliadora y resolver los conflictos.   

El tiempo máximo de respuesta para resolver la Queja presentada podrá variar de 30 a 60 días hábiles, atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso.

Los adeudos afectan a terceros.

Se debe tomar en cuenta que la morosidad no sólo afecta a los condóminos deudores, sino a los arrendatarios e incluso a un futuro propietarios puesto que las deudas son transmisibles. Además de que al no pagar las Cuotas de Mantenimiento en tiempo y forma se estará afectando el bienestar de toda la comunidad. l 

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Autor

Equipo de ComunidadFeliz
Software de Administración de Edificios y Condominios
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