Si vives en una comunidad cerrada o estás buscando invertir en una propiedad, seguramente te has encontrado con los términos condominio y conjunto residencial. Aunque comparten algunas similitudes, existen diferencias clave que conviene conocer antes de tomar una decisión.
En este artículo te explicamos qué es un condominio, qué es un conjunto residencial, en qué se diferencian y cuál podría convenirte más según tus objetivos.
Un conjunto residencial es un desarrollo habitacional conformado por casas o departamentos que comparten infraestructura común en espacios comunes, como:
Estas comunidades se planean como parte de un solo proyecto urbano, con identidad visual unificada y diseño arquitectónico coherente. En muchos casos, los conjuntos residenciales también pueden tener reglas de convivencia, vigilancia y cuotas para el mantenimiento de áreas comunes.
Un condominio también es un tipo de desarrollo inmobiliario que combina espacios privados y comunes. La diferencia fundamental es que está constituido formalmente bajo el Régimen de Propiedad en Condominio, lo cual implica:
En otras palabras, todos los condominios son comunidades organizadas legalmente, mientras que los conjuntos residenciales pueden o no estarlo.
El régimen de propiedad en condominio se rige por las leyes de propiedad en condominio de cada estado. En la Ciudad de México, la ley vigente aborda este régimen en su primer título.
Para formar un condominio es necesario seguir una serie de pasos legales y administrativos para inscribirlo bajo el Régimen de Propiedad en Condominio. A continuación te explicamos el proceso:
Todo condominio debe tener un reglamento interno, que establecerá las normas de convivencia, los derechos y responsabilidades de los condóminos, las cuotas de mantenimiento, las normas de la administración y otras reglas para regular la vida en comunidad. Respecto al reglamento interno, la Ley del Distrito Federal establece:
Artículo 52. La elaboración del Reglamento Interno será por quienes otorguen la Escritura Constitutiva del condominio. Cualquier modificación al reglamento se acordará en Asamblea General, a la que deberá deasistir por lo menos la mayoría simple de los condóminos. Las resoluciones requerirán de un mínimo de votos que represente el 51% del valor del indiviso del condominio. La elaboración y/o modificación al Reglamento Interno deberán ser registrados ante la Procuraduría.
La escritura constitutiva del condominio debe ser elaborada por un notario público. Este documento debe incluir todos los detalles del condominio, el reglamento interno, y la descripción de los espacios privados y comunes. También se deben especificar las cuotas de mantenimiento. Una vez que la escritura constitutiva ha sido firmada, debe ser registrada en el Registro Público de la Propiedad. La ley de condominios de la CDMX define la escritura constitutiva como:
Documento público, mediante el cual se constituye un inmueble bajo el régimen de propiedad en condominio.
La Ley de Propiedad en Condominio establece las bases para la gestión efectiva de los condominios y fraccionamientos.
El régimen de condominio que esta ley regula se define como un esquema de propiedad donde coexiste la propiedad individual (derechos exclusivos sobre una unidad) y la propiedad colectiva (responsabilidad y propiedad compartida de las áreas comunes).
La ley existe en distintas versiones estatales. Para la Ciudad de México, por ejemplo, la legislación aplicable es la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, que fue publicada originalmente en 2011
Cada estado tiene su ley de propiedad en condominio que define los procedimientos y normativas para diversos aspectos críticos de la vida en comunidad:
El desconocimiento o el incumplimiento de la Ley de Propiedad en Condominio puede acarrear serias consecuencias, como multas, sanciones por parte de la PROSOC, demandas civiles, y el deterioro de la comunidad.
Ser propietario en un condominio implica no solo compartir responsabilidades, sino también gozar de derechos esenciales para una convivencia justa y organizada. Aunque las leyes varían por estado, existen derechos comunes que protegen a los condóminos. Algunos de los más usuales incluyen:
▪ Participar activamente en las asambleas generales.
▪ Solicitar y recibir información sobre los fondos de mantenimiento, administración y de reserva del condominio.
▪ Utilizar las áreas y bienes de uso común del condominio, siempre sin limitar el derecho de los demás propietarios.
▪ Realizar reparaciones o modificaciones necesarias dentro de su propia unidad privativa, siempre que esto no afecte la estructura, comodidad, seguridad u otros aspectos esenciales del edificio en su totalidad.
▪ Denunciar hechos delictivos que puedan afectar la integridad del complejo.
▪ Pertenecer a la Administración del condominio o formar parte de comités existentes (ej. medio ambiente, deporte, seguridad).
El cumplimiento de las obligaciones es fundamental para el buen funcionamiento del conjunto habitacional y una convivencia armónica. Las principales responsabilidades incluyen:
▪ Cumplimiento de las normas y reglamentos internos: Es fundamental conocer y respetar estas normas para mantener la convivencia armónica. Esto incluye respetar prohibiciones como el uso indebido de la unidad privativa, actos discriminatorios, o el mal uso de las áreas compartidas.
▪ Pago puntual de cuotas de mantenimiento: Contribuir económicamente para el mantenimiento y conservación de las áreas comunes, pagando las cuotas ordinarias o extraordinarias definidas por la Asamblea en el plazo establecido. Estas cuotas son obligatorias para la operatividad del condominio.
▪ Participación en la administración: Tienen el derecho y la obligación de participar en las asambleas, donde se toman decisiones importantes sobre el presupuesto, mejoras y normas.
▪ No afectar ni interferir en el cumplimiento de los derechos de los demás propietarios.
▪ Realizar reparaciones u obras únicamente durante el horario diurno, a excepción de casos de emergencia o fuerza mayor.
▪ Contribuir al cuidado y preservación de los espacios compartidos, evitando comportamientos que puedan dañar la propiedad común."
En México, existen diferentes tipos de condominios según la forma en que se estructuran y los servicios que ofrecen. Algunos ejemplos incluyen:
Sabiendo qué es un condominio y qué es un conjunto residencial, podemos identificar sus diferencias. Y la principal diferencia entre condominios y conjuntos residenciales en su estructura física tiene que ver con la existencia o falta de una unidad. Un conjunto residencial se ve estructuralmente como un grupo de viviendas separadas, mientras que el condominio se ve como una estructura única (ejemplo: un edificio) con divisiones en su interior.
Otra diferencia entre condominio y conjunto residencial es la forma en que se constituyen los condominios y conjuntos residenciales. El primero tiene un régimen fiscal específico, mientras que el segundo no tiene un régimen fiscal más allá de la propiedad privada.
Esto se ve en el hecho de que un conjunto residencial no cuenta con asamblea, comité de vigilancia ni administrador. Estas son figuras existentes en el condominio, ya que el condominio es visto como una entidad formada por diferentes personas (los condominios) con intereses comunes.
Administración: Un conjunto habitacional no está constituido bajo el régimen de condominio, pero aún podrá tener una administración conjunta responsable del mantenimiento del bien común.
Normatividad: Los condominios tienen su reglamento interno y los conjuntos residenciales también pueden tener reglas establecidas que tienen que ver con la convivencia y el uso de lo común en la comunidad.
Cuotas: Son el instrumento para recaudar recursos con el fin de mantener una comunidad. Se ven en condominios, a través de cuotas de mantenimiento y otras cuotas, y en complejos residenciales a través de su mecanismo de cobro.
Sí. Un conjunto residencial se convierte en condominio a través del régimen de propiedad en condominio, acto jurídico en el que los propietarios de un inmueble acuerdan estar bajo un régimen fiscal que considera el carácter común y privado del espacio habitable.
Para constituirse en condominio, la ley establece las siguientes reglas para la propiedad:
Artículo 3. La constitución del Régimen de Propiedad en Condominio es el acto jurídico formal que el propietario o propietarios de un inmueble, instrumentarán ante Notario Público declarando su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento, entendida ésta como aquella en la que coexiste un derecho de propiedad absoluto y exclusivo, respecto de unidades de propiedad privativa y un derecho de copropiedad en términos de lo dispuesto por los artículos 943 y 944 del Código Civil, respecto de las áreas y bienes de uso común necesarios para el adecuado uso o disfrute del inmueble.
Todo depende de tus necesidades:
Los condominios suelen atraer más inversión porque ofrecen seguridad jurídica, mantenimiento constante y mayor control sobre el entorno. Por eso, si buscas rentabilidad o plusvalía, podrían ser la mejor opción.
Te recomendamos buscar el apoyo profesional de abogados expertos en la ley de propiedad en condominio de tu estado. Consulta también lo qué dice la ley de copropiedad de tu estado.
Una unidad habitacional es un desarrollo planificado que agrupa múltiples viviendas —departamentos, casas adosadas o condominios— dentro de un mismo conjunto, con infraestructura y servicios comunes administrados de forma colectiva para los residentes. En México puede regirse por distintos esquemas legales de copropiedad y gestión.
Aprende más sobre el régimen de propiedad en condominio.
Un conjunto residencial es un desarrollo habitacional conformado por casas o departamentos que comparten infraestructura común en espacios como áreas verdes, salones de eventos, albercas y estacionamientos. Estas comunidades se planifican como parte de un solo proyecto urbano, con identidad visual unificada y diseño arquitectónico coherente.
Un condominio es un tipo de desarrollo inmobiliario que combina espacios privados y comunes. La diferencia fundamental es que está constituido formalmente bajo el Régimen de Propiedad en Condominio, lo que implica tener una escritura constitutiva, un reglamento interno, una asamblea de condóminos, un administrador y un comité de vigilancia.
Para formar un condominio, es necesario seguir un proceso legal y administrativo que incluye la creación de un reglamento interno, la elaboración de una escritura constitutiva elaborada por un notario público, y su registro en el Registro Público de la Propiedad. Además, el reglamento interno debe ser aprobado por la mayoría de los condóminos y registrado ante la Procuraduría Social.
La Ley de Propiedad en Condominio establece las bases para la gestión de los condominios y fraccionamientos. Define los derechos y responsabilidades de los condóminos, las funciones del administrador y la asamblea general, y regula la constitución y el registro de los condominios, así como la gestión de las cuotas y la resolución de conflictos mediante la Procuraduría Social.
Si buscas una comunidad con reglas claras y una administración organizada, el condominio podría ser la mejor opción. Si prefieres mayor autonomía en tu propiedad, un conjunto residencial podría ser más adecuado. La decisión depende de tus necesidades y preferencias personales.
Los condominios suelen atraer más inversión debido a su seguridad jurídica, mantenimiento constante y mayor control sobre el entorno. Si buscas rentabilidad o plusvalía, los condominios pueden ser la mejor opción.
Sí. Un conjunto residencial puede convertirse en condominio mediante un acto jurídico formal que implique el establecimiento del régimen de propiedad en condominio, el cual se debe registrar ante un notario público.
Una unidad habitacional es un desarrollo que agrupa múltiples viviendas, como departamentos o casas adosadas, en un mismo predio. Estas viviendas comparten infraestructura y servicios comunes y son administradas colectivamente.
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