Conocer bien todo lo que rodea al fondo de reserva de un edificio es un paso fundamental para la administración. Permitirá al encargado del condominio manejarlo de la mejor forma, al mismo tiempo que aclara cualquier duda que pueda surgir de parte de los condóminos.
Por esta razón, elaboramos este material, en el que conocerás el concepto, el origen de los recursos y las situaciones en las que se contempla su utilización. ¡Acompáñanos a revisarlo!
El fondo de reserva de un edificio se refiere a los recursos que se encuentran en resguardo para atender asuntos específicos relacionados con la vida en comunidad. La ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Distrito Federal establece las situaciones específicas en los que se deben emplear:
“El fondo de reserva (será) destinado a cubrir los gastos de adquisición de herramientas, materiales, implementos, maquinarias y mano de obra con que deba contar el condominio, obras y mantenimiento”, define el apartado segundo del artículo 55 del mencionado documento.
La Ley también establece los lineamientos generales para el cálculo del porcentaje que deberá pagar cada condómino, con el objetivo de conformar el fondo de reserva. El importe de la cuota debe fijarse en proporción al porcentaje de indiviso que represente cada unidad de propiedad privativa.
¿Qué significa? Que para calcular el monto exacto que cada unidad privada deberá aportar para conformar el fondo de reserva de un edificio, se tomarán en cuenta el tamaño del apartamento con relación a la sumatoria del tamaño de todas las unidades privadas. Por ejemplo:
Supongamos que un edificio tiene:
La sumatoria total daría 2000m2. Para saber cuánto le corresponde pagar a cada unidad simplemente se debe dividir el espacio privado entre el espacio total. Quedaría de la siguiente forma.
100 / 2000 = 5% del total de la cuota fijada
50 / 2000 = 2.5% del total de la cuota fijada
Si se estableciera que la cuota que se destinará para el fondo de reserva del edificio será mensual y equivaldrá a 2000 pesos. Entonces los 10 apartamentos de 100 metros tendrían que pagar 40 pesos y los 20 de 50 mt2 tendrían que aportar 20 pesos mensuales.
Los propietarios son los encargados de definir el monto y la periodicidad de las cuotas del fondo de reserva de un condominio, en Asamblea General. Una vez realizado, deben quedar establecidos en el Reglamento Interno. Te recomendamos revisar qué otros puntos deben aparecer en el Reglamento Interno de condóminos.
La desconfianza es una de las principales razones de la alta morosidad en condominios y edificios. Muchos condóminos no entienden o no manejan información sobre el uso de los recursos que hace la Administración. Debido a esto, siempre recomendamos llevar una gestión transparente y con Comunidadfeliz.mx es súper fácil.
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