Todo administrador condominal tiene la obligación de estar registrado en la PROSOC o Procuraduría Social sin embargo, este proceso puede ser un poco tedioso o complicado para algunos, sobre todo si es la primera vez que realizan este proceso. Aquí te explicamos el paso a paso para que no sea una complicación más en tu labor.
Los administradores condominales tienen un gran reto, generar cambios positivos que mejoren un condominio, edificio o residencia, es por eso que se deben considerar varios puntos para poder tomar una buena decisión y elegir al mejor administrador.
La Procuraduría solicita algunos documentos para que el administrador pueda inscribirse y también exige algunos pasos para formalizar la inscripción. A continuación te explicamos cómo funciona el proceso y qué debes presentar.
Para residentes
Para externos
Espera de 15 días hábiles: En un lapso de 15 días hábiles hay que volver a la oficina donde se realizó el trámite y en ese momento se puede recoger el documento que acredita al nuevo administrador.
Esto sólo quiere decir que un condominio no puede tener un nuevo administrador hasta que no esté registrado o la empresa externa sea registrada ante la Prosoc.
Los formatos y registros para nuevos administradores se encuentran disponibles en la página oficial de la Procuraduría Social, donde podrás encontrar también registros para talleres, cursos, pláticas, etc. para mejorar la calidad administrativa en los condominios.
Todos estos recursos se encuentran disponibles y gratuitos para su descarga, tienen que entregarse en las oficinas de la Prosoc con una duración de respuesta por parte de las autoridades en un lapso no mayor a 15 días hábiles.
La Procuraduría Social cuenta con procedimientos que formalizan los actos de administración del condominio o fraccionamiento. Queja condominal, registro de administrador, registro del reglamento, acreditación de convocatoria para asamblea y inscripción de libro de actas son algunos de los trámites disponibles. Descarga el ebook y revisa el paso a paso para hacer estos y otros trámites ante la PROSC.
Cada estado tiene su propia Ley de Propiedad en Condominio, pero generalmente coinciden en lo que se requiere a un administrador. Por ejemplo, la ley de la Ciudad de México establece que el administrador debe registrarse ante PROSOC y cumplir con lo establecido en la ley y el reglamento del condominio, realizando funciones como la rendición de cuentas.
Más allá de los requisitos legales, se espera que un administrador de condominios o fraccionamientos tenga habilidades técnicas y blandas para llevar a cabo las funciones que requiere el cargo. Habilidades como conocimientos financieros, administrativos y legales y aptitud en aspecto de comunicación, gestión de tiempo y resolución de conflictos.
Lo que se puede registrar ante la PROSOC respecto a un condominio es la constitución, modificación o extinción de su régimen de propiedad en condominio.
Para hacer el trámite es necesario contar con:
El trámite es presencial y debe ser ejecutado el otorgante de la Escritura Constitutiva del régimen de propiedad en condominio o por la constructora/desarrolladora inmobiliaria responsable por la construcción del condominio.
Si te gustaría que el nuevo administrador del condominio sea mucho más efectivo y eficaz, te invitamos a conocer ComunidadFeliz.mx, una plataforma que te ayudará a automatizar todas las tareas de gestión administrativa en el menor tiempo posible y con resultados óptimos.
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