Cada estado de la República tiene su propia ley de propiedad en condominio, pero estas leyes son similares entre si y suelen mencionar reglas semejantes respecto a los administradores, miembros del comité y condóminos.
Para este resumen utilizaremos la Ley de Propiedad en Condominios de la Ciudad de México, pero te recomendamos descargar la ley de tu estado para revisarla.
Las leyes estatales de condominios pueden tener diferentes nombres: ley del régimen de propiedad en condominio, ley de propiedad en condominio de inmuebles, ley de ordenamiento territorial y desarrollo urbano. En algunos casos, la ley que se ocupa de los temas de copropiedad y condominios es el Código Civil, como en el caso de Chihuahua y Jalisco, por ejemplo.
En general, todas ellas se ocupan de las normas de administración y convivencia en condominios y fraccionamientos. Algunas normas están presentes en la ley y deben ser acatadas por todas las comunidades, en otros casos el Reglamento Interno de cada comunidad debe determinar lo permitido y lo prohibido.
Lo que ves a continuación es lo que dice la ley del Distrito Federal en temas como: constitución del condominio, obligaciones y derechos del condómino, funciones del administrador, cuotas y asambleas.
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La legislatura estatal puede realizar cambios en la ley de condominios en cualquier momento. La mayoría de las leyes han sido enmendadas o modificadas en algún momento. Este es un proceso natural cuando se trata de legislación y los administradores deben estar atentos a las discusiones y mantenerse al día con las reglas de la ley que impacta en su trabajo.
Los cambios en la legislación sobre la administración de condominios se publicarán aquí en el blog. ¡Así que permanezca atento! Completa el formulario a continuación para recibir notificaciones.
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